FREDDY JAVIER CARRASQUEL, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 con las agravantes establecidas en el articulo 68, ordinales 2° Y 3°, ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el articulo 45, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, ROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD y de las ADOLESCENTES DE 16 Y 17 años de edad de las cuales se omite su identificación de conformidad con el articulo 65, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes