Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante, 2) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte co-demandada CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A. (CYSLATO), 3) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte co-demandada PENTECH INGENIEROS 05 C.A.4) SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR en el juicio que siguen los ciudadanos JOSE MANZANERO y ALFREDO PIRONA, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A. (CYSLATO) y la sociedad mercantil PENTECH INGENIEROS 05 C.A., 5) SE CONDENA a la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LA TORRE C.A. (CYSLATO),a pagar la cantidad de Bs. 4.433,45, al ciudadano JOSÉ LUIS MANZANERO RONDÓN, y Bs. 7.118,23 al ciudadano ALFREDO PIRONA.