PRIMERO: SE RATIFICA LA COMPETENCIA para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por AQUILES EDUARDO CASTILLO COLMENARES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.814.915, representado judicialmente por los abogados Juan José Pino Paredes y María Auxiliadora Pino Paredes, inscritos en el Inpreabogado bajo matrículas nros. 25.407 y 41.067, respectivamente, según mandato poder apud acta autenticado en fecha 20 de Diciembre del 2.019 por ante la secretaría de este Juzgado. Así se declara.-
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por AQUILES EDUARDO CASTILLO COLMENARES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.814.915, representado judicialmente por los abogados Juan José Pino Paredes y María Auxiliadora Pino Paredes, inscritos en el Inpreabogado bajo matrículas nros. 25.407 y 41.067, respectivamente, según mandato poder apud acta autenticado en fecha 20 de.....