Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER POR UN AÑO MAS EL REGIMEN DE PRUEBA, HASTA 14 DE JULIO 2011 A FAVOR DEL CIUDADANO JOSE DAVID VIVAS ESTRADA, a quien se le sigue causa ante este Juzgado por el delito de ROBO GENERICO previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano ALEJANDRO JOSE LABARCA. Quien deberá cumplir con las obligaciones impuestas en su totalidad consignado de lo que se requiera constancias respectivas
CUMPLASE.