En fuerza de los argumentos vertidos en esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara: procedente la solicitud de aclaratoria formulada por la abogada JACQUELINE ÁLVAREZ, en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandante, en relación a la sentencia dictada por este Juzgado Superior Quinto del Trabajo en fecha 06 de Julio de 2010. Así se decide.