Por las razones antes dichas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO No. 02, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES QUE POR MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por el Tribunal, APROBADO Y HOMOLOGADO EL ACUERDO entre los ciudadanos: EDGAR ERNESTO COLINA LOPEZ Y LIA FABIOLA MORONTA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la cédula de identidad No. V-11.892.912 y V-11.456.324 respectivamente, domiciliados en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, asistidos por las Abogadas en Ejercicio JOHALIS ALVARADO BERMUDEZ Y MARIA JOSE BORJAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 87.185 Y 53.575 respectivamente y en consec.....