Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
1. DECLARA su incompetencia y en consecuencia, declina el conocimiento de la causa a un Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Primera Instancia de Niños, Niñas y del Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Zulia.
2. ACUERDA luego de vencido el lapso de cinco (5) días establecido en el articulo 69 del Código de Procedimiento Civil, para lo solicitud de Regulación de Competencia, la remisión del Expediente a la Oficina de Recepción y Distribución del Circuito Judicial de Protección del Estado Zulia, (con sede en Torre Mara), a los fines de su distribución y posterior conocimiento del Juzgado que deberá conocer de l.....