este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUIDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA suficiente el derecho que tiene los ciudadanos EIDER ALBERTO ESPINOZA MARTINEZ, JAVIER RAFAEL ESPINOZA MARTINEZ, EDUIN FRANCO ESPINOZA MARTINEZ, KARINA MERCEDEZ ESPINOZA MARTINEZ, FRANCO SINDULFO ESPINOZA MARTINEZ ,venezolanos, mayores, titulares de la cedula de identidad Nros. V.- 14.863.133, V-14.863.132, V-15.530.779, V-16.689.066 y V-15.530.779, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana FAICIS MERCEDES DE ESPINOZA MARTINEZ, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 15.719.446, y falleció Ab-intestado el día diez (10) de agosto de 2017, en Jurisdicción de la Parroquia Luis Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Déjese a salvo los derechos de terceros. ASI SE DECIDE.