Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS JOSE SALAZAR QUINTERO, a la ciudadana MORAIMA JESUS ROJAS DE SALAZAR, en su condición de Cónyuge y a los ciudadanos ROSSANA DEL CARMEN SALAZAR ROJAS, LUIS JOSE SALAZAR ROJAS y ROSALYNN ELIZABETH SALAZAR ROJAS, en su condición de Hijos, antes identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se ordena devolver las presentes actuaciones en original y expedir las copias certificadas solicitadas.