declara:
1). APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos OCTOVAN SARABIA y SANDRA JOSEFINA GUERRERO BRAVO, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.852.686 y V-16.118.843, respectivamente, en relación con las niñas (se omite el nombre de las niñas por razones de confidencialidad), en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
2) El progenitor, ciudadano OCTOVAN SARABIA, se compromete a suministrar la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000, oo) mensuales, a razón de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo) semanal; para ser depositados en la entidad bancaria Banco Mercantil, en una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana Sandra Josefina Guerrero Bravo, signada con el N° 01050617420617086591
3) En relación a los de salud, será cubierto por un seguro médico de Seguros Humanitas, que cubre Hospitalización, Cirugía, Consultas y Emergencias, que posee el progenitor por la empresa donde la l.....