Por los todo los fundamentos de hecho y de Derecho Este Tribunal Undécimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE HECHO del acusado EIVER ENRIQUE RIVAS: Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad N° 16.018.202, de 22 años de edad, sin oficio definido, soltero, hijo GLORIA ISABEL CHARLÉIS Y NOLBERTO ANTONIO RIVAS, residenciado en la Urbanización San Felipe, calle 49, casa sin número del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a cumplir una pena de DOS AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN; mas las accesorias de ley de Conformidad con el articulo 16 y 34 del Código Penal. Así mismo se deja constancia que el Ministerio Publico y la defensa Renuncia al termino legal correspondiente para intentar Recurso de Apelación, asimismo este Tribunal provee las copias simples solicitadas por ambas.....