este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MABELIS JOSEFINA VASQUEZ SALAZAR venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.202.929 contra la empresa LA FERIA DE CARROS USADOS Y NUEVOS, C.A., plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada LA FERIA DE CARROS USADOS Y NUEVOS, C.A., pagar a la demandante MABELIS JOSEFINA VASQUEZ SALAZAR, la cantidad de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON CERO CUATRO CÉTIMOS (Bs.33.453,04) más lo que resulte de los intereses de prestaciones sociales, mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la demandada.
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