En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.) Homologado el Convenimiento suscrito por los abogados JORGE ENRIQUE PIÑANGO FARÍA, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante y RAFAEL PIÑA YSEA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio que por LIBERACIÓN DE HIPOTECA sigue PROMOTORA HOTELERA SHARAZAD SUITE HOTEL COMPAÑÍA ANÓNIMA (P.H.S. C.A.), en contra de BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO S.A., pasándolo en autoridad de cosa juzgada.