En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargadas previamente, la cantidad de Diez mil Acciones, con un valor nominal de Un Bolívar Fuerte (Bs. F. 1,00) por acción, para un total de DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F.10.000, 00); la cantidad de Cincuenta y Tres Acciones, con un valor nominal de Un Bolívar Fuerte (Bs. F. 1,00) por acción, para un total de cincuenta y tres Bolívares Fuertes (Bs. F. 53,00); y por último, la cantidad de un tercio de acción, con un valor nominal de un Bolívar Fuerte (Bs. F. 1,00), para un total de treinta y tres céntimos de Bolívar Fuerte (Bs. F. 0,33). Todo lo anterior para un gran total de DIEZ MIL CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. F. 10.053,33). En consecuencia.....