Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial por vías de hechos, interpuesta por los apoderados judiciales de los ciudadanos ADELA CUMARE, DANIELA MORALES Y WILSON DOMÍNGUEZ, todos anteriormente identificados, en contra del CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO VALMORE RODRÍGUEZ DEL ESTADO ZULIA, adscrito a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALMORE RODRÍGUEZ DEL ESTADO ZULIA.
Segundo: Se ESTABLECE que aquellos ciudadanos que actuaron como querellantes en la presente causa, podrán interponer nuevamente, y en forma individual, sus respectivas querellas contra el Consejo de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, adscrito a.....