este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, antes trascrito, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ciudadano ALFREDO JORDAN PEREZ, fallecido ab-intestato el día 14-02-2014 tal como se desprende del acta de defunción No. 04 de fecha 17-02-2014 emanada de la Comisión de Registro Civil y Electoral de la parroquia Antonio Borjas Romero del municipio Maracaibo del estado Zulia, a sus hijos, ciudadanos MAVELIN PATRICIA, EVELIN SUSANA, YAHIR ANTONIO y MILEIDYS JAQUELIN JORDAN LEWIS, plenamente identificado ut supra, DEJÁNDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.-
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, ordenándose expedir por secretaría tres (03) copias certific.....