Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO de la pretensión, realizado por la ciudadana PERSERVERANDA SUAREZ , parte demandante, en consecuencia, se Homologa el presente Desistimiento, quedando de esta manera extinguido el proceso. Por último este Juzgado, ordena devolver los documentos originales y dejar los certificados en actas, ordenándose el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.