este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA: 1) MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano DANIEL RINCON RINCON, Venezolano, natural de Maracaibo, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.367.441, de 34 de edad, fecha de nacimiento 18/10/72, Casado, de profesión u oficio Granjero, hijo de Mario Eugenia Rincón y Juvenal Rancel Rincón, residenciado en el Sector Country club, parroquia San Isidro, Granja el Cuvi, Maracaibo, Estado Zulia, Telf.:0414-6072214, por la comisión del delito del Delito de de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de LUIS ANGEL PALMAR, por considerar que se encuentran llenos los extremos requeridos en los Artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal. 2) SE DECRETA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, establecido en el Artículo 373, ejusdem. 3) SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiv.....