PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada CIBEL GUTIERREZ LUDOVIC, actuando en su propio nombre y representación, así como en su carácter de apoderada judicial de la parte codemandante, abogada GLORIA ROMERO LA ROCHE, ambas plenamente identificadas, contra la sentencia interlocutoria No. 285-23, dictada el día dos (02) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de desestimar la presente incidencia cautelar enunciada por el presunto tercero adhesivo en la causa principal, ciudadano Miguel Ángel Rey Nogueira, previamente mencionado.
TERCERO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria No. 285-23, dictada el día dos (02) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el.....