Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el abogado FREDDY HERNÁNDEZ, plenamente identificado en actas, actuando en su propio nombre y representación como parte demandante en el presente juicio, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 23 de enero de 2017.
• QUEDA CONFIRMADO el fallo apelado en todos sus términos.
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales, dada la naturaleza de la presente decisión.-
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de P.....