PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos EDUARDO JOSE CASTELLANO LOPEZ y AURA ELENA URDANETA VENTURA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.196.875 y 7.771.135, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDUARDO JOSE CASTELLANO LOPEZ y AURA ELENA URDANETA VENTURA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.196.875 y 7.771.135, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, por ante el Prefecto y Secretaria de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día cinco (05) de mayo del año 1984, tal y como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 443 acompañada a las actas en copia certificada.