éste Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, entidad de trabajo LUNCHERÍA JIREH, C.A., a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio JOSÉ VICENTE SANTANA ROMERO. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha trece (13) de diciembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en consecuencia se ordenan cancelar los montos y conceptos discriminados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fin.....