PRIMERO: Con Lugar la Solicitud incoada por la abogada NIURKA DE RODRIGUEZ, inpreabogado número 217.792, apoderada judicial del ciudadano GREGORIS ANTONIO GARCIA BARRETO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.772.505, Asi se decide.
SEGUNDO: Se designa CURADORA AD-DOC del niño "cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", a la ciudadana MARIELA CAROLINA GARCIA BARRETO, titular de la cédula de identidad número 15.575.403, quien prestó el correspondiente juramento de Ley