En base a los argumentos antes expuesto, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, las solicitudes interpuestas por la Profesional del Derecho JANETZI CHOURIO con el carácter de Defensora del ciudadano ERNESTO ENRIQUE JIMENEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.770.905 a quién se le sigue causa por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana (NOMBRE OMITIDO)