Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA HOMOLOGADA LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, SE LE IMPARTE SU APROBACIÓN Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA a la solicitud formulada por los ciudadanos YHOANY ISOLINA HERNÁNDEZ RIERA y JOSÉ TRINIDAD VELÁSQUEZ AREVALO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.440.447, y V-6.746.657, respectivamente y domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulla, asistidos por el Abogado en Ejercicio CARLOS OLLARVES JIMÉNEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 204.919 y de igual domicilio. Quedando liquidados los bienes existentes de la siguiente manera: PRIMERO: Se adjudica en plena propiedad a la ciudadana YHOANY ISOLINA HERNÁNDEZ RIERA, ya identifica.....