Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INTERDICCION DEFINITIVA del ciudadano ENRIQUE JOSE BRICEÑO MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.173.819 y domiciliado en la calle N° 06, casa N° 07, Campo Sur PDVSA de la Población del Tejero Estado Monagas. En consecuencia: PRIMERO: El entredicho queda sometido al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda del tutor designado ciudadana OFELIA MAITA DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.510.113, por considerarla quien decide la persona más idónea para ello. SEGUNDO: Queda obligado el tutor a cuidar del entredicho, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inhere.....