DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentaron los ciudadanos GEORGINA CEREZO DE BONETTI y GIANFRANCO BONETTI, venezolano, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en Caracas, Distrito Capital, la primera dedicada al hogar y el segundo comerciante y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.105.502 y V-6.912.416, respectivamente, contra la ciudadana SUGEY MAYELIN VIVAS MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.488.623.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana SUGEY MAYELIN VIVAS MARQUEZ, antes identifi.....