DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR NOMINADA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el bien inmueble constituido por un fundo agropecuario denominado "CAMPO LINDO", ubicado en el sector Concepción Siete, jurisdicción del municipio Baralt del estado Zulia, fomentadas sobre una superficie de terrenos baldíos el cual encierra un área total de TREINTA Y UN HECTÁREAS CON VEINTICINCO METROS CUADRADOS (31,25 mts2), alinderado de la siguiente manera, NORTE: carretera que conduce de Mene Grande a Ceuta; SUR y ESTE: fundo de Pradelio Barrios; y, OESTE: fundo de Gustavo Rumbo; el cual pertenece al ciudadano ARLES EFRAÍN ÁLVAREZ MORILLO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número V-5.933.359, según document.....