este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre el cincuenta por ciento (50%) del sueldo, vacaciones, ayuda de ciudad, bono compensatorio, comisiones, bonificaciones, utilidades de fin de año, bonos anuales, intereses de fideicomiso prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones, caja de ahorro, fideicomiso, estos últimos conceptos desde el día 29 de noviembre de 2008, fecha en la cual inició la comunidad conyugal, que pudieran corresponderle al ciudadano CARLOS JOSÉ ÁLVAREZ RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 15.530.004, como trabajador de la empresa CORPOELEC, C.A, ubicada en la sede Centro Caujarito, avenida Don Manuel Belloso, vía al Aeropuerto, en el Departamento de Asesoría y Proyectos.