Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, RESUELVE: Declarar Sin Lugar la Solicitud efectuada por la ciudadana WENDY BEATRIZ ARIAS ATENCIO, titular de la cédula de identidad No. V-11.867.068, abogada en ejercicio y de este domicilio, inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el No. 83.311, obrando en su condición de Apoderada Judicial de la empresa "SERVIQUIN", C.A.; mediante el cual solicita la entrega material del vehículo Marca Koraca; modelo 1980; año; 1980; color aluminio y azul; clase remolque; tipo tanque; uso carga; placa 14SSAF; serial del motor no porta, serial de carrocería C0040, por las razones de hecho y de derecho mencionadas en la parte motiva de la presente decisión y Acuerda NEGAR LA ENTREGA DEL VEHÍCULO SOLICITADO; todo de conformidad .....