DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la recusación interpuesta por el Ciudadano OVELIO PIÑA VALLES y ANNELY OLIVARES FARIA, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicios, titulares de la cédulas de identidad Nº V-3.250.862 y 8.504.002; e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.802 y 108.136, actuando como de APODERADOS JUDICIALES DE LAS CIUDADANAS YDAELIS URDANETA GONZÁLEZ E IDA ANA GONZÁLEZ VIUDA DE URDANETA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 12.404.681 y 7.635.058; propuesta contra el Ciudadano LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO, en su carácter de JUEZ SUPLENTE ESPECIAL del JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.....