Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Juzgado Mixto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: CULPABLE, por la UNANIMIDAD DE LOS VOTOS al acusado MANUEL ARTURO SANJUANERO, venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.073.370, de 39 años de edad, nacido en fecha 07 de enero de 1969, con residencia en la Calle San Rafael Cedeño, casa de color blanco, cerca de la venta de número y peluquería, Porlamar, estado Nueva Esparta, en el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8° en relación con los artículos 80 y 82 del Código Penal, y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 367 del Código Org.....