DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA SUSPENSIÓN de la MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha ocho (08) de julio de 1.999, en el juicio que por COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES (ESTIMACION E INTIMACION), fuere incoado por la ciudadana IVONE MEJIA VALERA, en contra del ciudadano MARCIAL ENRIQUE PARRA VILLALOBOS, todos plenamente identificados en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registro de los Municipios Jesús María Semprúm, Catatumbo, colon y Francisco Javier Pulgar estado Zulia, a fin de participarle sobre lo aquí ordenado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de lo especial del fallo.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por.....