De lo dicho anteriormente, y analizado el caso de autos, éste Tribunal actuando en sede constitucional, estima que de los hechos expuestos, así como del análisis de las actas procesales, se evidencia la existencia de un fundado temor de que las presuntas violaciones constitucionales denunciadas puedan causar lesiones graves o de difícil reparación, a los derechos constitucionales del accionante para el momento de dictar la sentencia definitiva en el proceso de amparo, por lo que dicho fallo perdería eficacia, resultando ilusoria su ejecución, situación que amerita la utilización por parte de este órgano jurisdiccional de sus potestades cautelares, en consecuencia, en base a los fundamentos señalados, este Juzgado actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, decreta las siguientes MEDIDAS INNOMINADAS:
PRIMERO: Medida de suspensión cautelarmente de los efectos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad mercantil VENEZOLA.....