DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado HENRRY MARCANO, Abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.976, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadano JUAN MAURERA PRADA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.449.965, contra el auto de fecha quince (15) de Octubre de 2018, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. SEGUNDO: SE RATIFICA el auto, de fecha quince (15) de Octubre de 2018, proferido por.....