PRIMERO: Homologa la reconciliación de los cónyuges YOENY CHIQUINQUIRA MENDEZ VILLALOBOS y ROBERTH JOSE ZABALA FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 19.832.943 y V- 19.549.707, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por lo cual queda extinguida la relación jurídico procesal y se acuerda el archivo del expediente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza de la presente Decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.