Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara
• CON LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana MARIANELA FERRER GONZÁLEZ, en su carácter de Secretaria Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil HOSPITAL EL ROSARIO, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS CONSTITUCIÓN COMPAÑÍA ANÓNIMA; y, por vía de consecuencia,
• SE DESIGNA como secretaria accidental a la ciudadana CARMEN BENITA AZUAJE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.602.780, abogada asistente de este Tribunal, quien se encuentra presente en este Despacho por lo cual se notifico inmediatamente y acept.....