DECLARA EL SOBRESEIMIENTO en el presente asunto donde aparece como acusado el ciudadano Nelson José Mosqueda, titular de la cédula de identidad N° V-14.940.006, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en los ordinales 3° y 4° del artículo 453 del Código Penal, por encontrarse extinguida la acción penal; todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 322 en relación con el artículo 48 numeral 6, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.