DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ZULEIMA ORFILA NEGRETTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.073, en su carácter de defensora del imputado NELSON ENRIQUE PADILLA CASTELLON, titular de la cédula de identidad N° 17.916.917.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión N° 1205-14 de fecha 07 de octubre de 2014, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionad.....