En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado de los Municipio Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la tacha incidental, formulada por la abogada KATIUSKA TORREALBA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada ASEGURADORA NACIONAL UNIDA UNISEGUROS, S.A, plenamente identificada en autos, sobre el documento de Certificación de Datos de Licencia del ciudadano GIOVANNI ANTONIO URDANETA, expedida por la Oficina Regional de Caricuao, Distrito Capital del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre, de fecha 02-12-09, en el presente juicio de COBRO DE DAÑOS MATERIALES POR ACCIDENTE DE TRANSITO, ello con fundamento a lo explanado en la motiva del presente fallo y como consecuencia de tal declaratoria la causa sigue su curso legal. SEGUNDO: se co.....