Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) DECLINA LA COMPETENCIA de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, interpuesta por el ciudadano JESUS MARIA RODRIGUEZ PARRA. en contra de los ciudadanos ARKIS JOE VERA GUERRERO, como deudor principal y el ciudadano ADENIS GUZMAN VERA GUERRERO, como fiador solidario y principal pagador, plenamente identificados en actas, para su conocimiento, sustanciación y decisión, en el JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de La cañada de Urdaneta, a quien acuerda remitir las presentes actuaciones.
2) Se el revoca el auto de admisión de la presente demanda dictado por este Juzgado en fecha primero (01) de Octubre de 2012.
El Tribunal .....