DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA LIQUIDACION Y PARTICION DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL presentada por la Ciudadana ANMY TOLEDO de COLETTA, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la cédula de identidad número 7.967.618 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 48.441, domiciliada en el Municipio Maracaibo, estado Zulia, actuando en nombre y representación de la ciudadana SUSANA SALVADOR BOSCAN, quien es venezolana, mayor de edad, Licenciada .....