Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente.
SEGUNDO: Se ANULA la experticia complementaria del fallo de fecha 07 de Agosto de 2012, presentada por el ciudadano Licenciado Rafael Hernández, en consecuencia, el auto de fecha 04 de octubre 2012 y subsiguientes actuaciones posterior al auto apelado.
TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado que el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Regimen y Regimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ordene realizar una nueva experticia complementaria del fallo en los términos que se detallaran en .....