este Juzgado de Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos EDIXON ANTONIO CASTILLO, DIANA CAROLINA CASTILLO, LILIANA JOSEFINA ROMERO DE PRIETO, LILIBETH JOSEFINA ROMERO CASTILLO, RAQUEL CHIQUINQUIRA ROMERO DE COLINA, JOSE ANTONIO CASTILLO Y LILIA MARIA CASTILLO como UNIVERSAL HEREDERO de la causante GLADIS DEL PILAR CASTILLO .- ASI SE DECLARA.-