Por todo lo antes expuesto este Tribunal Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo previsto en los artículos 13 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, y por aplicación del artículo 257 de la Constitución nacional, ADMITE las pruebas complementarias promovidas por la Defensa del acusado ANTONIO JOSE DABOIN GODOY, y ordena la oportuna citación de los funcionarios señalados, para que rindan declaración conforme a la Ley.
En consecuencia líbrese las respectivas boletas de notificación a las partes.
Cúmplase.
FREDDY HUERTA RODRIGUEZ
JUEZ NOVENO DE JUICIO
ABG. LOHANA RODRIGUEZ TABORDA
SECRETARIA DE SALA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se ofició bajo el N° 01379-03.
ABG. LOHANA RODRIGUEZ TABORDA
SECRETARIA DE SALA
CAUSA 9M-055-03