Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara PRIMERO: parcialmente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MIGUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ RIVERO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.044.635, a la ciudadana ANA ISABEL ORDOÑEZ LEON, venezolanas, mayores de edad, titular de la cedula de identidad 26.826.875, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, quien fuera hija del de cujus, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Sin lugar la Declaración como Única y Universal Heredera del causante MIGUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ RIVERO, antes identificado con relación a la ciudadana ANGELA GRACIELA LEON BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titu.....