En fecha veintiocho (28) de septiembre de 2017, la ciudadana CAROLINA CLARA BATTA SALLOUM, antes identificado, asistido de abogada, confirió poder Apud-Acta a la abogada en ejercicio a EGLE ISABEL RODRÍGUEZ GIL, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. Ahora bien, encontrándose el juicio en la etapa de citación, las partes debidamente representadas por sus apoderadas judiciales en la fecha indicada al inicio de esta resolución realizan el convenimiento antes determinado, ante lo cual, este Juzgador en observancia que en materia de partición, las partes pueden realizar la misma en forma amigable, tal como lo dispone el Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, encuentra conforme el convenimiento celebrado, impartiendo la aprobación al mismo, homologándolo y declarándolo en autoridad de cosa juzgada. Así se declara.
Con relación a la solicitud de suspensión de las medidas decretadas en la presente causa, y de la revisión efectuada a las actas, se observan las sigu.....