Revisada como ha sido la presente causa se pudo observa que en fecha 23 de mayo del 2017, desde que se admitió la TERCERIA en este Juzgado por lo cual la ciudadana ELISA DEL CARMEN ECHARRY CHAVEZ, supra identificada, propuso la cita de tercero al ciudadano JUAN RAFAEL PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.917.921, se pude evidencia que la parte que hizo el llamado a tercero no ha impulsado la citación pero es el caso que la parte demandante ciudadano RAIMUNDO RAFAEL BOISEN ACUÑA, debidamente identificado, ha impulsado la citación del tercero, e igualmente se libro cartel de citación al ciudadano que fue llamado como tercero en el presente proceso como se pude evidencia en el autos dictado por este Juzgado en fecha 04 de agosto del 2017, donde se libro el respectivo cartel de citación, por tal motivo este Tribunal niega la solicitud efectuado por el ciudadano RAIUMUNDO BOISEN; inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 166.306, en su ca.....