PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la Acción de Amparo Constitucional que incoara el ciudadano REINALDO ANTONIO RUIZ CHAVEZ; en contra de la sociedad mercantil MEGA FARMA, C.A.; antes identificados, impartiéndosele el carácter de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.