Seguidamente el tribunal Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara legalmente desalojado y libre de personas y de bienes, el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la calle Rosario, Centro Comercial Capri II, signado con el N° 2 en jurisdicción de la ciudad de Cabimas del Municipio Cabimas del Estado Zulia. Así mismo el tribunal hace formal entrega del mismo, totalmente desocupado de personas y de bienes a la ciudadana, MARIA ISABEL REVILLA MADRID, titular de la cedula de identidad N° 4.522.343, con la asistencia dicha, quien manifestó recibirlo conforme en las condiciones mencionadas. Así mismo indico que el ciudadano HUGO RAMON ANDARA se comprometa a entregar los recibos de los servicios públicos solventes en fecha 22 del presente mes y año en la sede del tribunal de la causa. Siendo, las diez y cincuenta minutos de la mañana se da por terminado el presente acto. Termino, se leyó y conformes fi.....